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La protección de datos es un derecho fundamental que busca proteger la intimidad y privacidad de las personas físicas frente a las vulneraciones que puedan producirse por la recogida, almacenamiento y uso indiscriminado de los datos personales por parte de las personas jurídicas.

La Ley Órganica de Protección de Datos (LOPD) es de obligado cumplimiento para todas las empresas, autónomos y entidades públicas. Estas están obligadas a registrar sus ficheros de datos en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), además de implementar diversas medidas de seguridad establecidas en el documento de seguridad que deben de poseer y aportar a tal agencia.

Es muy fácil y cualquiera puede comprobar en la página Web de AEPD si no están registrados sus ficheros, denunciarle y en 20 días aproximadamente encontrarse con una inspección de la AEPD y posterior sanción económica que oscila desde los 900 € hasta los 600.000 €. Cualquier cliente, proveedor o empleado, podría hacerlo.

No se preocupe, le ofrecemos una solución completa para cumplir con la LOPD y evitar cualquier tipo de sanción.

 

La LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal es una ley que está en vigor desde enero de 2000 y que tiene como objetivo garantizar el derecho a la intimidad de las personas, protegiendo los datos personales que éstas facilitan a las empresas y demás organizaciones (centros de enseñanza, asociaciones, y cualquier entidad con o sin ánimo de lucro que trate datos de carácter personal).

En el Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de datos (RD 1720/2007, de 21 de diciembre) se regulan los principios de la calidad de los datos, los derechos de las personas afectadas, y las medidas de seguridad que se deben aplicar al tratamiento de datos personales, entre otros aspectos esenciales de la protección de datos.

Publicaciones en el BOE: Ley Orgánica de Protección de Datos. | Ley de Regulación. | Ley de Servicios de la Sociedad de Información.

Entre otras, a todas las empresas, autónomos o entidades públicas que traten o almacenen datos de carácter personal, es decir, que mantengan ficheros informatizados con datos de personas, o archivos en papel.

Los tipos de datos que se suelen almacenar son nombre y apellidos de personas, direcciones, teléfonos, datos de salud, imágenes o videos, etc.

Dependiendo del tipo de dato almacenado, se establecerá un nivel de seguridad.

LAS EMPRESAS, AUTÓNOMOS Y ENTIDADES PÚBLICAS ESTÁN OBLIGADAS A CUMPLIR CON LA LOPD.

La Agencia Española de Protección de Datos es el ente público encargado de velar por el cumplimiento de la Ley. Tiene la potestad de inspeccionar las empresas y de sancionar los incumplimientos con sanciones que van desde los 900 € (leves) a los 600.000 € (muy graves).

La mayoría de actuaciones se realizan a raíz de denuncias de particulares. Los niveles de sanciones son los siguientes:

Sanción Leve: Por no inscribir los ficheros en el Registro General de Protección de Datos. Desde los 900 € hasta los 40.000 €.

Sanción Grave: Por recoger datos sin recabar el consentimiento expreso de los afectados. Mantener los ficheros con datos personales sin las debidas condiciones de seguridad. No cumplir con los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los afectados. Desde los 40.001 € hasta los 300.000 €

Sanción Muy Grave: La comunicación o cesión de los datos, fuera de los casos en que estén permitidos. Desde los 300.001 € hasta los 600.000 €.

Las medidas de seguridad de los ficheros de datos se clasifican en tres niveles de seguridad, dichos niveles son acumulativos atendiendo a la naturaleza de la información tratada y almacenada en los ficheros.

Nivel Básico: El nivel básico de seguridad, se aplicará entre otros, a los ficheros que solo contengan datos identificativos y a todos los niveles medio y alto de seguridad. Por ejemplo: Nombre, domicilio, teléfono, DNI, fotografía, e-mail, edad, sexo, datos bancarios, fecha de nacimiento, nacionalidad, etc.

Nivel Medio: En el nivel medio de seguridad, se aplicará esta protección, entre otros, a los ficheros que contengan datos relativos a solvencia patrimonial o antecedentes penales. Por ejemplo: Operaciones financieras, operaciones de crédito, sanciones administrativas, antecedentes penales, pruebas psicotécnicas, etc.

Nivel Alto: El nivel alto de seguridad es el que se aplica a los ficheros que contienen datos especialmente protegidos como los relativos a ideología, afiliación sindical y política, religión y creencias, origen racial, salud, alimentación, bajas laborales, vida y práctica sexual, etc.

CON NUESTRO ESTUDIO DE SITUACIÓN OBTENDREMOS EL NIVEL DE SUS DATOS.

Hay una serie de obligaciones legales que las empresas o autónomos deben cumplir:

– Tener los ficheros registrados en la Agencia de Protección de Datos.
– Disponer de un Documento de Seguridad que describa cómo se gestionan los datos.
– Establecer contratos de confidencialidad con empleados y terceros con acceso a nuestros datos.
– Incluir todas las cláusulas necesarias de información y consentimiento.
– Implantar las medidas técnico-organizativas que establece el reglamento.
– Realizar una auditoría cada dos años. (para niveles Medios y Altos)
– Dar a conocer a los empleados las medidas de seguridad (normativa interna).
– En caso de disponer página Web deberá cumplir con la LSSICE, Política de Cookies y Aviso Legal correspondiente.
– Si se dispone de cámaras de video vigilancia deberá de registrar el fichero específico y colgar un cartel informativo.

NOSOTROS NOS ENCARGAMOS DE TODO.


NIVELES DE DATOS DISPONIBLES:

– Precios IVA No incluido.


SOLICITUD DE ADAPTACIÓN A LA LOPD:

Cumplimente el siguiente formulario con los datos solicitados para que contactemos con Vd. a la mayor brevedad posible y estudiemos su caso concreto para facilitarle la mejor solución:







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